
Muchas veces hemos escuchado de parientes, amigos o incluso desconocidos, que quisieran ampliar su casa, colocar un segundo, tercer o hasta un cuarto piso; sin embargo:
¿Es necesario solicitar una Licencia de Construcción?
¿Es realmente necesario contratar a un arquitecto, ingeniero o ambos para que realicen unos diseños?
¿Podríamos tal vez ahorrar esos costos y hacernos de un maestro de obra o contratista e iniciar la construcción?
Aquí les vamos a contar un poco acerca de estas preguntas y qué podría pasar si hacemos una cosa u otra, para lo cual, en éste artículo vamos a ver las implicaciones desde el punto de vista legal.
El Decreto Nacional 0019 de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública” en su artículo 192 menciona el Régimen Especial en materia de Licencias Urbanísticas, el cual indica que, “Solo requerirán licencia de construcción en cualquiera de sus modalidades, las edificaciones convencionales de carácter permanente que se desarrollen al interior del área del proyecto, obra o actividad (…), con el fin de verificar únicamente el cumplimiento de las normas de sismo resistencia y demás reglamentos técnicos que resulten aplicables por razón de la materia.”, en tal sentido, resulta relevante entender que una edificación convencional corresponde a cualquiera diferente a las estructuras especiales, tales como: puentes, torres de transmisión, torres y equipos industriales, muelles y estructuras hidráulicas, para las cuales, no se requerirá la expedición de licencia de construcción en ninguna de sus modalidades.
¿Pero qué es una licencia de construcción?
De conformidad con lo contemplado en el artículo 2.2.6.1.1.7. del Decreto Nacional 1077 de 2015, modificado por el artículo 4 del Decreto Nacional 1203 de 2017, es la autorización previa para desarrollar edificaciones, áreas de circulación y zonas comunales en uno o varios predios, de conformidad con lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen, los Planes Especiales de Manejo y Protección de Bienes de Interés Cultural, y demás normatividad que regule la materia. En las licencias de construcción se concretarán de manera específica los usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos aprobados para la respectiva edificación.
Ahora, en el Artículo 2.2.6.1.1.1 señala que, “Para adelantar obras de construcción, ampliación, modificación, adecuación, reforzamiento estructural, restauración, reconstrucción, cerramiento y demolición de edificaciones, y de urbanización, parcelación, loteo o subdivisión de predios localizados en terrenos urbanos, de expansión urbana y rurales, se requiere de manera previa a su ejecución la obtención de la licencia urbanística correspondiente. Igualmente se requerirá licencia para la ocupación del espacio público con cualquier clase de amueblamiento o para la intervención del mismo salvo que la ocupación u obra se ejecute en cumplimiento de las funciones de las entidades públicas competentes.”
Por lo anterior, se concluye que, para cualquier edificación convencional, sin discriminar tipo (casa, apartamento, oficinas etc.), tamaño (grande o pequeña) o localización (ciudad, pueblo o rural), deberá tramitarse el permiso ante el curador urbano o la autoridad municipal competente con fundamento en la Ley 400 de 1997 y sus decretos reglamentarios.
A su vez, hay diferentes modalidades de licencia de construcción, según el tipo de intervención a realizar. Se recalca, que no solo las construcciones nuevas requieren de Licencia, sino además todas aquellas que impliquen ampliación, adecuación, modificación, restauración, reforzamiento estructural y demolición.
¿Qué ocurre si se construye y no se cuenta con la respectiva Licencia de Construcción?
La Ley 1801 de 2016 “Por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana” señala los comportamientos que afectan la integridad urbanística, y en los cuales se indica que no deben adelantarse proyectos en terrenos sin licencia o cuando esta hubiere caducado, demoler sin autorización previa, intervenir o modificar sin la licencia y usar o destinar un inmueble para un uso diferente señalado en la licencia de construcción, entre otros.
Cuando se trate de construcciones sin previa licencia, las autoridades policivas impondrán de inmediato la medida de suspensión de construcción o demolición, y solicitarán a las empresas de servicios públicos domiciliarios la suspensión de los servicios correspondientes si no hubiese habitación.
Quien incurra en alguna de estas faltas, le podrán aplicar multas, las cuales son valoradas en la cantidad de m² infringidos y pueden llegar hasta 200 SMMLV, sin superar el valor catastral del inmueble. Una vez se realice la suspensión temporal de la obra, se concederá un término de sesenta (60) días para que el infractor solicite el reconocimiento de la construcción ante la autoridad competente del distrito o municipio; si pasado este término no presenta licencia de reconocimiento, no podrá reanudar la obra y se duplicará el valor de la multa impuesta.
Cuando el infractor incumple la orden de demolición, mantenimiento o reconstrucción, una vez agotados todos los medios de ejecución posibles, la administración realizará la actuación urbanística omitida a costa del infractor.
Existen riesgos altos que las personas asumen, con el fin de obtener ahorros innecesarios, las multas pueden resultar muy costosas y las edificaciones podrían no cumplir los estándares mínimos, lo cual pone en riesgo la vida de quienes las habitan.
Para evitar alguno de estos problemas, lo mejor es asesorarse con empresas y profesionales competentes y evitar caer en el riesgo de multas o fallas técnicas de las edificaciones por falta o falencia de los diseños.
Escribamos aquí y le ayudaremos a llevar a cabo su proyecto, cumpliendo con todas las disposiciones técnicas y legales. MONTIERI S.A.S., es una empresa de servicios de asesoría y consultoría en Ingeniería Estructural, Pavimentos, Construcción de Obra Civil y Gerencia Integral de Proyectos. Contamos con un grupo de expertos de más de quince años en diferentes disciplinas tanto a nivel de planeación, como de diseño y construcción.